BOPV Acuerdo Regulador 29/01/26

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En el BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO del jueves 29 de enero de 2026 se publica el DECRETO 252/2025, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Este acuerdo Regulador sustituye al anterior DECRETO 185/2010, de 6 de julio, que en su artículo 68 incluía la indemnización por jubilación voluntaria anticipada.

En este nuevo Acuerdo regulador publicado, DECRETO 252/2025, de 30 de diciembre, no se contempla la posibilidad de indemnización por jubilación voluntaria anticipada apareciendo únicamente esta referencia:

Artículo 59.– Jubilaciones.
La jubilación voluntaria del personal docente bajo el sistema de la Seguridad Social tendrá que solicitarse ante el Departamento de Educación con una antelación mínima de un mes, en aras de garantizar la correcta gestión del trámite y de su sustitución.

Cada persona será responsable de cumplir los requisitos fijados en cada momento por la Seguridad Social para poder optar a la pensión correspondiente. El Departamento de Educación cesará al personal que solicité el fin de su relación de empleo con la Administración por jubilación, pero no es responsable de los efectos económicos posteriores en su pensión de jubilación ni en los efectos inherentes a la misma.