Sentencia anulación de supresión de indemnizaciones 12-01-2023

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ELA 11/01/2022: La Justicia obliga a la Diputación de Bizkaia a abonar primas de jubilación y de incapacidad permanente en el IFAS

El Juzgado nº 10 de Bilbao da la razón a ELA y condena a la Diputación Foral de Bizkaia a abonar las primas de jubilación anticipada e incapacidad permanente a todos los trabajadores y trabajadoras que así lo soliciten, después de que el ente público se las retirara a toda la plantilla del Instituto Foral de Asistencia Social IFAS (Organismo Autónomo de la Diputación Foral de Bizkaia). Tras el respaldo de la justicia, ELA pide a la Diputación y a todas las instituciones locales y forales que restituyan, de inmediato, las primas que habían retirado. Asimismo, le solicita que no interponga recurso contra la sentencia y que, tras restituir las primas, abra una negociación sobre estas materias; una negociación que tenga en cuenta las últimas modificaciones establecidas en la Ley de la Seguridad social desde el último convenio. Del mismo modo, ELA insta a todas las instituciones, incluido el Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y UPV, a hacer lo propio. Asimismo, exige a EUDEL que emita una circular instando a todas las instituciones locales a restituir, de inmediato, los artículos sobre esta materia que había derogado, cumpliendo lo establecido en la Ley de Empleo público vasco.

El Correo 12/01/2023: Un juez anula la supresión de las primas por prejubilación en el IFAS de la Diputación de Bizkaia

El conflicto surgió a raíz de una sentencia del Supremo que anulaba la prestación a un bombero del Ayuntamiento de Bilbao al considerar la prima de jubilación anticipada una «retribución salarial ilegal» en ese caso. La Diputación de Bizkaia, la de Gipuzkoa y varios Ayuntamientos decidieron entonces eliminar ese derecho.

El magistrado manifiesta que dicho articulado «no es contrario a la ley, que no conculca ni contraviene ninguna norma legal de acceso a la jubilación o a la incapacidad permanente total», sino que «tan solo fijan la existencia de unas primas, alcanzadas todas ellas en el seno de una negociación que dio lugar al convenio colectivo del personal laboral y que no existe ninguna limitación al respecto para este colectivo», subrayó ELA.