«Carmelo Barrio Baroja, Portavoz del Grupo Vasco /Euskal Talde Popularra, al amparo del vigente Reglamento, presenta las siguiente 19 ENMIENDAS AL TEXTO ARTICULADO del Proyecto de Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2024 (12\09\01\01\00005).»
Dentro de las enmiendas presentadas la número 6 hace referencia a la recuperación de la indemnización por jubilación anticipada que ha sido suspendida en los anteriores presupuestos.
ENMIENDA N° 6: DE MODIFICACIÓN Artículo 19.12 (REDACCIÓN ALTERNATIVA)
“Los acuerdos, convenios o pactos de las y los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, los organismos autónomos, consorcios del sector público y entes públicos de derecho ”privado, así como de las sociedades públicas y fundaciones públicas dependientes de aquélla, cuyos incrementos retributivos, premios, primas, indemnizaciones y cualquier tipo de prestación económica reconocida con la jubilación voluntaria, cualquiera que fuera su denominación, y que fueron suspendidos en anteriores leyes de presupuestos, recobran su vigencia, con efectos retroactivos hasta el año 2011.”
JUSTIFICACIÓN: Año tras año se suspenden derechos de los funcionarios, que no es lo mismo que suprimirlos.
El Gobierno Vasco está acumulando una deuda que puede llegar a ser inasumible. No se entiende que esos mismos derechos se mantengan, por ejemplo, en la UPV-EHU o en sectores privados financiados por el Gobierno Vasco. Es hora de resolver esta situación, especialmente en educación, evitando perpetuar una flagrante injusticia.
En la misma línea, Ciudadanos ha presentado una enmienda al articulado del propio proyecto de ley, al famoso artículo 19.12, proponiendo esta redacción alternativa:
ENMIENDA: DE MODIFICACIÓN Artículo 19.12 (REDACCIÓN ALTERNATIVA)
«Los acuerdos, convenios o pactos del personal empleado público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de aquellas entidades que integran el sector público institucional autonómico de cuya aplicación se deriven incrementos retributivos, premios, primas, indemnizaciones y cualquier tipo de prestación económica reconocida con la jubilación voluntaria, cualquiera que fuera su denominación, y que fueron suspendidos en anteriores leyes de presupuestos, recobran su vigencia, con efectos retroactivos hasta el año 2011«.
Del mismo modo, en las enmiendas a las partidas, se ha incluido también una enmienda de creación de gastos por valor de 476.942 euros con la siguiente justificación:
ENMIENDA CREACIÓN DE GASTOS
«Se propone el abono simbólico de aproximadamente 100 euros por cada profesor jubilado anticipadamente que no percibe desde 2012 la indemnización que le corresponde como inicio de una negociación que conduzca a acordar un calendario de pagos que ponga fin a su calvario».